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INCOTERMS

Resumen INCOTERMS

INCOTERMS (=Términos Comerciales Internacionales) son reglas internacionales , las cuales fueron establecidas para el regular el Comercio exterior.
Estas reglas regulan el modo de la entrega de los bienes.  Las disposiciones  determinan, cuales gastos de transporte ha de asumir el vendedor y cuales gastos de transporte ha de asumir el comprador.  Y quien corre el riesgo financiero en caso de una pérdida.  Pero las reglas INCOTERMS no establecen ni regulan cuando y donde se transfiere la propiedad sobre la mercancía de vendedor a comprador.
Estas reglas son reconocidas en general; su reconocimiento a través de tribunales ocurre sin embargo solo con su inclusión en un contrato de compraventa.

Agrupación de la reglas INCOTERMS

Las reglas INCOTERMS se subdividen en cuatro (4) grupos, el órden de los mismos debe indica la responsabilidad ascendente por la mercancía entregada por parte del vendedor.
Agrupación de las Reglas  de INCOTERMS

Cláusula-E

Cláusula de retiro: Los gastos y riesgos de transporte  corren por cuenta del  comprador.

Cláusula-F

Los gastos de transporte principal y riesgos de transporte corren por cuenta del comprador.

Cláusula-C

Los gastos de transporte principal corren por cuenta del vendedor, los riesgos de transporte corren por parte del comprador.
Cláusula-D Cláusula de llegada: Los gastos y riesgos de transporte corren por cuenta del vendedor.

Cláusula-E  - Cláusula de retiro:

EXW ex works en fábrica

El vendedor está obligado solamente a colocar a disposición la mercancia en su propio depósito. Todo gasto de transporte, seguro y de exportación corren por cuenta del comprador. El pelígro de pérdida y daño o deterioro corre por cuenta del comprador una vez que la mercancía es colocada en el lugar previamente convenido.
La carga del material debe ser efectuada solo por el transportista, ya que el seguro no se responsabiliza por daños ocasionados por el cliente si él efectúa la carga por su parte.

Cláusula-F – Transporte principal del comprador

FCA free carrier Franco transportista

La Cláusula FCA obliga al vendedor a poner la mercancía en un transporte en el lugar convenido, de igual manera está obligado a liberar la exportación.  El Comprador se hace responsable del pelígro potencial durante de transporte de la mercancía desde ese momento.

FAS free alongside ship Franco al costado del barco

La Cláusula FAS es una modificación de la Cláusula FCA.
El vendedor no tiene que entregar  la mercancía  a un determinado transporte en un cierto punto, sino ponerla al costado de un barco determinado. El comprador asume los costos  y riesgos de transporte

FOB free on board Franco a bordo
El vendedor está obligado por la Cláusula FOB con extención de la Cláusula FAS a entregar  la mercancía hasta cuando esta sobrepasa la borda del barco, en el barco en el puerto de embarque convenido. Asi como el pelígro y riesgos de transporte. A partir de ese momento el comprador asume el pelígro y riesgos del transporte. Esta cláusula es una de las mas usadas y depende generalmente de los precios de la mercancía en la bolsa de valores.

Cláusula-C Transporte principal del vendedor

CFR cost and freight Costos y Flete

La Cláusula CFR se aplicará para efectos de transporte en barco. El vendedor solo tiene que cuidar de que la mercancía sea cargada correctamente por la borda y llegue al barco en debido estado, el comprador asume el pelígro de daño o de deterioro en el barco. Sin embargo el vendedor se hace responsable por el despacho aduanero, flete y gastos de exportación), que se produzcan hasta la entregan en el puerto de destino.
La Cláusula CFR se corresponde en este sentido con la Cláusula CIF, la cual comprende sin embargo un seguro por parte del vendedor. El seguro cubre alli los pelígros de transporte. Si la mercancía no es tranportada por barco, entonces se aplica la cláusula CPT.

CIF cost, insurance, freight Costos, Seguro y Flete

La Cláusula CIF  es una cláusula de transporte frecuentemente  aplicada en transporte marítimo o fluvial. Según la cual el vendedor responde por los costos hasta la entrega, seguro y  costos de flete (ing.cost, insurance,freight).
El vendedor tiene que realizar los trámites aduaneros en el pais de orígen de la exportación. A través de esta cláusula se decidirá también el lugar de prestación de acuerdo al derecho alemán.
Luego se toma como el lugar de prestación el puerto de embarque. El comprador asume la responsabilidad de un hundimiento accidental una vez que el vendedor haya entregado la mercancía al barco. (eso equivale a una transacción de la  cláusula FOB que conlleva a asumir la responsabilidad adicional  de gastos, seguro y flete.) Eso significa que el vendedor ya no es responsable por daños o deterioro de la mercancía durante el transporte. El comprador se debe dirigir al seguro contratado por  vendedor, que sin embargo solo ofrece una cobertura mínima. En el caso de que no se haya acordado  la contratación de otro seguro. Si el transporte de la mercancía no se realiza por barco, se toma en consideración la cláusula CIP .

CPT carriage paid to Libre de flete

Libre de flete significa, que le vendedor asume los gastos de transporte principal. Todo gasto restante (Aranceles, impuestos,       formalidades aduanales, entrega, corren por cuenta del comprador). El comprador asume el pelígro de pérdida y deterioro desde el momento de la entrega (en el caso de haber pasado por diferentes transportes se considera desde la primera entrega)

CIP carriage paid to Libre de flete

Esta cláusula obliga al comprador a asumir los gastos de transporte (libre de flete, los gastos consiguientes, por ejemplo los de aduana corren por cuenta del comprador como lo estipula CPT) asi como contratar y pagar un seguro para el transporte. (“ asegurado “).  El pelígro de deterioro y pérdida corren por cierto por cuenta del comprador a partir de la entrega  de la mercancía al transportista; el comprador recibe sin embargo en caso de daños  una compensanción por parte del seguro. El vendedor está  obligado sin otro compromiso, solo a contratar un seguro con cobertura mínima de

DCláusula-D – Cláusula de llegada

DAF delivered at frontier Entrega en frontera

Con la cláusula D el vendedor se obliga a colocar la mercancía en un vehículo de transporte hasta la frontera, para entregarla y ponerla a disposición del comprador.

DES delivered ex ship Entrega por barco

En la Cláusula DES el vendedor está obligado a transportar la mercancía por barco hasta el puerto de destino. Sin embargo ya no es responsable por la descarga. El comprador corre con los gastos y asume los pelígros a partir la descarga de la mercancía.

DEQ delivered ex quay Entrega en el muelle
Con la cláusula DEQ el vendedor tiene que hacer descargar la mercancía transportada por barco y ponerla a disposición en el muelle de destino. Una vez en muelle de destino,  el comprador corre con los gastos y pelígros.
DDU delivered duty unpaid Entrega en Destino, derechos no pagados
La cláusula DDU obliga al vendedor a liberar la mercancia para la importación y a colocarlar a disposición en el destino convenido en un vehículo de transporte. El comprador tiene que, sin embargo pagar los gastos aduanales
DDP delivered duty paid Entrega en destino con derechos pagados

La cláusula DDP es la más favorable para el comprador. El vendedor corre con todos los costos y pelígros durante el transporte hasta llegar al lugar acordado, finalmente con los gastos de aduana. También puesto a domicilio.

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